Abierto hasta el próximo 18/03/2026, el plazo para solicitud de las subvenciones que ha aprobado el Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Gipuzkoa destinadas a asociaciones sin ánimo de lucro, fundaciones no forales y sociedades mercantiles no forales radicadas en Gipuzkoa para la realización de auditorías energéticas, estudios de implantación de renovables, declaraciones ambientales de producto, planes de circularidad, planes de descarbonización y cálculo de huella de carbono organizacional y de evento.

Estas ayudas se enmarcan en la Estrategia Guipuzcoana de Lucha Contra el Cambio Climático 2050 y la Estrategia de Sostenibilidad Energética de Gipuzkoa 2050, y responden a los objetivos establecidos por la normativa vasca de Transición Energética y Cambio Climático, que sitúa a los municipios como actores clave en la planificación frente a la emergencia climática.

En los criterios de valoración para recibir estas ayudas, en concurrencia competitiva, se considerarán el tamaño de la organización, tratando de favorecer a las organizaciones de menor tamaño frente a las grandes empresas al objeto de fomentar su participación y compensar las carencias de recursos que pueden tener; la clasificación de las organizaciones en función de su CNAE-2025, valorando en mayor medida aquellas actividades potencialmente generadoras de mayores emisiones de gases de efecto invernadero; la tipología de actuaciones a desarrollar, priorizando las de mayor alcance; y la consideración de la perspectiva de género, favoreciendo a aquellas en las que exista una representación equilibrada de mujeres y hombres en el órgano de dirección de la entidad beneficiaria.

Cálculo de huella de carbono
Se considera únicamente subvencionable el cálculo de la huella de carbono organizacional con alcance 3 (incluidos los alcances 1 + 2) que, al menos, incorpore 1 de las categorías que componen dicho alcance. El cálculo irá acompañado de la elaboración de un plan de reducción de la misma.

Las huellas de carbono organizacionales deberán ser inscritas en el registro del Miteco (será imprescindible presentar en el momento de la justificación final el certificado que lo acredite) y su cálculo deberá ser verificado por entidad acreditada ENAC.

El cálculo de huella de carbono de evento deberá incluir los alcances 1, 2 y 3. En el alcance 3 se incluirán, al menos, las emisiones asociadas a la movilidad, logística y gestión de residuos. El cálculo irá acompañado de la elaboración de un plan de reducción de la misma.

El cálculo de la huella de carbono organizacional y de evento podrá realizarse para un único año, preferentemente 2025, o para 2 años (2025-2024).

Cuantía máxima de las ayudas

  • Cálculo de huella de carbono organizacional de alcance 3 para una única categoría y año de cálculo, 7.000 euros, incrementándose en 500 euros adicionales por cada categoría adicional. Por el cálculo de un año adicional 1.000 euros. Todo ello, con un máximo de 10.000 euros.
  • Cálculo de huella de carbono de evento, 3.500 euros, incrementándose en 1.000 euros adicionales por el cálculo de un segundo año.

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